Como
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Sin
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Se crean tres
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1.- 7.000 millones de euros se destinará a una línea de ayudas
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Podrán ser destinatarios elegibles
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- los empresarios o profesionales
y entidades adscritas a los sectores definidos en el Anexo I, cuyo volumen de
operaciones anual declarado o comprado por la AEAT, en el IVA en el 2020,
haya caído más de un 30% con respecto a 2019;
- Los empresarios o profesionales
que apliquen el régimen de estimación objetiva en IRPF adscritos a los
sectores definidos en el Anexo
I;
- Para el caso de grupos
consolidados que tributen en el IS en el régimen de tributación
consolidada, se entenderá como destinatario el citado grupo como un
contribuyente único y, por lo tanto, se considerará el volumen de
operaciones resultado de sumar todos los volúmenes de operaciones de las
entidades que conforman el grupo.
Importe
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I. 3.000
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II. El 40% de la caída del volumen de operaciones, en el año
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III. El 20% de la caída del volumen de operaciones, en el año
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Para los supuestos (I y II) anteriores, el importe de la subvención no podrá
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Las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla
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Los grupos y los empresarios, profesionales o entidades cuyo
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2.-
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Podrán
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- Empresas y autónomos que hayan
suscrito operaciones de financiación que cuenten con aval público —tanto
de entidades de crédito supervisada por el Banco de España como por CERSA
(Compañía Español de Reafianzamiento, S.A)— y haber solicitado previamente
a las entidades financieras y estas a ver comunicado la formalización a
ICO las medidas de ampliación de plazos y carencias, recogidas en el Real Decreto-ley 34/2020, de 17
de noviembre, de medidas urgentes de apoyo a la solvencia empresarial y al
sector energético, y en materia tributaria.
Condiciones de las
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- Extensión
de los plazos de vencimiento de las operaciones de financiación que han
recibido aval público. El
plazo de vencimiento de los avales otorgados por la Administración General
del Estado o por cuenta del Estado podrá extenderse por un periodo
adicional, en los términos que se determinarán por Acuerdo de Consejo de
Ministros, de
tal manera que éstas extenderán el plazo de vencimiento de las operaciones
avaladas por el mismo plazo de extensión del vencimiento del aval correspondiente. - Transferencias
a la empresas y autónomos —que
cumplan el Código de buenas prácticas— con la finalidad exclusiva de
reducir principal. Estas transferencias por parte del Estado se producirán
dentro de los acuerdos de renegociación de deudas que alcancen los
deudores y las entidades financieras acreedoras, que a su vez asumirán las
reducciones del principal pendiente del préstamo que les correspondan en
los términos que se establecerán por Acuerdo de Consejo de Ministros.
3.- En tercer lugar, se crea el Fondo de recapitalización de
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Desde el punto de vista fiscal, se establece una exención de
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Condiciones de estas ayudas. De
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Desde el punto de vista fiscal
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- La disposición derogatoria única deroga el artículo 8
del Real Decreto-ley 35/2020 que regulaba el aplazamiento especial por
seis meses, para pymes, de las deudas tributarias por declaraciones y
autoliquidaciones con plazo de presentación en el próximo mes de abril y,
por la disposición adicional 3ª, lo vuelve a regular de idéntica forma,
pero ampliando,
de tres a cuatro meses, el plazo durante el que no se devengan intereses
de demora. - Por la disposición final 1ª, se declaran exentas de AJD las
escrituras que documenten las operaciones de extensión de los plazos
de financiación con aval público previstas en el artículo 7 de esta norma
cuando exista garantía real inscribible.
Desde el punto de vista concursal y mercantil, |